
ADVERTENCIA: La información presentada por Albuja Law no reemplaza a una Consulta Legal y no crea una relación Cliente-Abogado. La aprobación de las solicitudes no está en manos de Albuja Law y la firma no define los tiempos de procesamiento.

Consulta Legal
- Una Consulta Legal es una reunión de una hora con la Abogada de Inmigración. Durante ese tiempo, la experta analizará su estatus legal haciéndole preguntas sobre su historial migratorio. Si es elegible para un caso migratorio, la Abogada le explicará cómo se manejan los casos con Albuja Law. Después de su Consulta, recibirá la información financiera relacionada con un posible caso y tendrá cinco días hábiles para notificar a la oficina si gustaría dar inicio al proceso.
- La Ley de Inmigración es impredecible, por ello recomendamos que agende su cita cuando esté preparado para continuar con su procedimiento legal. Si usted no se comunica durante este tiempo límite, tendrá que agendar una nueva Consulta Legal.
- Cualquier persona que desee saber si es elegible para un caso migratorio.
- Aquellas personas que saben que son elegibles y desean conocer las alternativas de las que disponen para iniciar sus trámites de inmigración.
Casi nunca se requiere de documentación, sin embargo el aplicante puede preparar documentos relacionados con el proceso (si aplica).
Una vez que usted ha asistido a Consulta, el costo de esta no es reembolsable.*

- Proceso familiar gestionado por medio de un peticionario, ya sea ciudadano o residente legal de los Estados Unidos, y que solicite la residencia para un familiar.
- El beneficiario debe encontrarse en los Estados Unidos.
- Este trámite se hace dentro de los Estados Unidos, siempre que el beneficiario haya entrado legalmente a dicho país y/o sea beneficiario de la Ley 245(i).
- Este trámite termina con una entrevista en las oficinas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), en el estado donde resida el familiar beneficiario.
Mientras se desarrolla el proceso, se solicita un Permiso de Trabajo, y cuando el caso es aprobado, se obtiene la residencia por 10 años y la posibilidad de ser ciudadano cinco años más tarde.
Si el trámite se realiza con base en un matrimonio, el beneficiario obtendrá una residencia por dos años (si el matrimonio no ha cumplido dos años de aniversario a la fecha de la entrevista); en los demás casos, el beneficiario obtendrá una residencia por 10 años.
- Matrimonios de todo género.
- Los ciudadanos de Estados Unidos pueden iniciar este trámite a favor de padres, esposos, hijos menores y mayores de edad, casados, solteros e incluso a favor de hermanos.
- Los residentes legales pueden iniciar este trámite a favor de esposos, hijos menores de 21 años y/o mayores de edad (siempre y cuando sean solteros): en este caso el familiar beneficiario no puede acumular presencia sin documentos dentro de los Estados Unidos.
Relación familiar, prueba de ingresos del peticionario (demostrar que son suficientes para apoyar al inmigrante), evaluación del historial migratorio, examen médico y buen carácter moral. Es indispensable que el aplicante cuente con la prueba de entrada legal o que sea beneficiario de la Ley 245(i), petición familiar enviada antes del 30 de abril de 2001.
Residencia para diplomáticos que no pueden regresar a su país de origen. Mientras se desarrolla el proceso se solicita un Permiso de Trabajo, y cuando el caso es aprobado se obtiene la residencia por 10 años y la posibilidad de ser ciudadano cinco años más tarde.
Un funcionario diplomático que esté en los Estados Unidos y que haya tenido o tenga visa diplomática.
Evidencia del estatus diplomático, evidencia de las razones por las que no puede regresar a su país de origen y de lo positiva que sería su presencia en los Estados Unidos.

De no aplicar a la ciudadanía, la residencia dura 10 años. Por ello, seis meses antes de que la residencia expire, se debe hacer una solicitud para su renovación (lo que implica recibir la residencia por 10 años, nuevamente).
Cualquier persona que sea residente de los Estados Unidos y cuya tarjeta de residencia esté a punto de expirar.
Realizar la aplicación y adjuntar la copia de la tarjeta de residencia.

- Un residente legal, que obtuvo su residencia (tarjeta verde) con menos de dos años de casado/a, en el momento de su entrevista final tendrá un estatus migratorio sujeto a un condicionamiento: seis meses antes de caducar la tarjeta de residencia, se debe hacer un trámite extra para retirar la restricción. Se debe enviar entonces a Inmigración un paquete sólido de evidencia sobre su matrimonio, para demostrar que la relación se mantiene y que todo fue de buena fe.
- La aprobación de este trámite genera una tarjeta de residencia libre de condiciones, definitiva y con una duración de 10 años.
Las personas que solicitaron residencia sobre la base de un matrimonio y que hasta el día de la entrevista tenían menos de dos años de casados.
Paquete sólido de documentos en torno a la relación y, en muy pocos casos, el Gobierno puede solicitar una nueva entrevista.

- Proceso familiar que se lleva a cabo por medio de un peticionario, ya sea ciudadano de los Estados Unidos o residente legal que solicite la residencia para un familiar. Este trámite se inicia con la petición al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), e implica un proceso burocrático largo (ver perdón provisional) que termina con una entrevista fuera de los Estados Unidos (por lo general en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el país del beneficiario).
- Si el trámite se realiza con base en un matrimonio, el beneficiario obtendrá una residencia por dos años (si es que el matrimonio no ha cumplido dos años de aniversario hasta la fecha de la entrevista); en los demás casos, el beneficiario obtendrá una residencia por 10 años y la posibilidad de ser ciudadano cinco años más tarde.
- Si el beneficiario ha vivido en Estados Unidos por más de un año, necesitará procesar un perdón provisional para lograr la residencia de manera exitosa.
Mientras se desarrolla el proceso, se solicita un Permiso de Trabajo, y cuando el caso es aprobado, se obtiene la residencia por 10 años y la posibilidad de ser ciudadano cinco años más tarde.
Si el trámite se realiza con base en un matrimonio, el beneficiario obtendrá una residencia por dos años (si el matrimonio no ha cumplido dos años de aniversario a la fecha de la entrevista); en los demás casos, el beneficiario obtendrá una residencia por 10 años.
- Matrimonios de todo género.
- Los ciudadanos de Estados Unidos pueden iniciar este trámite a favor de padres, esposos, hijos menores y mayores de edad, casados, solteros e incluso a favor de hermanos.
- Los residentes legales pueden iniciar este trámite a favor de esposos, hijos menores de 21 años y/o mayores de edad (siempre y cuando sean solteros): en este caso el familiar beneficiario no puede acumular presencia sin documentos dentro de los Estados Unidos.
Relación familiar, prueba de ingresos del peticionario (demostrar que son suficientes para apoyar al inmigrante), evaluación del historial migratorio, examen médico y buen carácter moral. Es indispensable que el aplicante cuente con la prueba de entrada legal o que sea beneficiario de la Ley 245(i), petición familiar enviada antes del 30 de abril de 2001.
Esta figura aplica en casos en los que, para lograr la residencia, el inmigrante debe ser admisible en los Estados Unidos. Dependiendo del caso, un individuo puede tener varios problemas que lo declaren inadmisible; entonces, considerando cuáles se tenga que resolver, se tramita un perdón.
- Por ejemplo: en casos de fraude o problemas criminales previos.
La persona que solicita la residencia y que necesita resolver este problema.
- Suficiente evidencia para convencer al Gobierno de que el aplicante merece el beneficio migratorio (los detalles varían dependiendo del caso).
- El perdón se procesa dependiendo de las condiciones que rijan el caso.*

Son peticiones enviadas por ciudadanos o residentes legales de los Estados Unidos a favor de familiares, con el fin de lograr su residencia. Estos trámites tienen distintas clases y los tiempos de proceso varían de acuerdo con cada categoría familiar.
Ciudadanos o residentes de los Estados Unidos, según el caso, pueden enviar estas peticiones.
- 1. Ciudadanos de los Estados Unidos pueden iniciar procesos a favor de esposo/a, o hijos menores de 21 años o mayores de 21 años, solteros, casados, padres y hermanos.
- 2. Residentes legales pueden iniciar procesos a favor de esposo/a, hijos menores de 21 años, solteros, o mayores de 21 años y solteros.
Prueba de la relación familiar y la evolución del historial migratorio del beneficiario.

Trámite que busca el perdón por la entrada sin documentos y/o por la presencia sin documentos de personas que quieren acceder a la residencia, sin contratiempos, cuando se dé la entrevista de residencia fuera de los Estados Unidos.
Personas que soliciten residencia y que tengan un/a esposo/a, padre o madre ciudadanos o residentes que serían gravemente afectados si el caso no es aprobado.
Probar con documentos que el familiar sería extremadamente impactado si el caso no es aprobado (cada caso es distinto y es necesario entregar evidencias económicas, de salud, sociales,etc.).

- Herramienta de migración mediante la que podemos solicitar al Gobierno distintos expedientes de los clientes, lo que permite evaluar casos y decidir cuál es la mejor estrategia para estos. (Se recibe la copia completa del expediente para analizar qué hacer con el caso).
- Dependiendo del caso, se incluirá en esta búsqueda el envío de las huellas digitales del inmigrante al FBI y/o el pedido del expediente en más de una institución gubernamental.
Cualquier inmigrante en los Estados Unidos que haya tenido contacto con el Gobierno, dentro o fuera del territorio de los Estados Unidos.
Información básica de lo que se busca y la elaboración de la solicitud pertinente.

Permisos de Trabajo de dos años, que pueden ser renovados.
Pueden aplicar las personas que:
- Llegaron a los Estados Unidos cuando tenían menos de 16 años y que llegaron antes del 15 de junio de 2007.
- Eran menores de 31 años hasta el 15 de junio de 2012 y/o han vivido en Estados Unidos y tienen su Certificado de Desarrollo Educativo General/General Educacional Status (GED) o un diploma de terminación de secundaria (High School Diploma).
- Cumplir con los requisitos anteriormente mencionados
- Tener buen carácter moral (sin cometimiento de delitos graves, delitos menores significativos o más de tres delitos menores, o sin que su comportamiento atente contra el bienestar público).
- Evidencia relacionada con presencia física en los Estados Unidos.
Para la renovación de DACA se mantienen los requisitos de efectuar el trámite seis meses antes de la expiración del Permiso de Trabajo.
Los portadores de DACA pueden solicitar Permisos de Viaje.*
Son solicitudes emitidas al Gobierno para el Permiso de Trabajo correspondiente - que en la mayoría de los casos dura entre dos y cuatro años.
Inmigrantes que llevan a cabo trámites con el Gobierno (esto varía conforme cada caso). Debe renovarse antes de su vencimiento.
Se puede obtener mediante solicitudes de casos de residencia, VAWA, Visa-U, DACA, TPS, etc. En estos casos, los beneficios se enfocan en evitar los posibles problemas con empleadores o aquellos que se deban a la falta de licencia de conducir (considerando la impredecibilidad de los tiempos para la aprobación del caso).
Para la renovación de DACA se mantienen los requisitos de efectuar el trámite seis meses antes de la expiración del Permiso de Trabajo.
Los portadores de DACA pueden solicitar Permisos de Viaje.*

- Protección temporal otorgada a oriundos de ciertos países, por condiciones políticas y desastres naturales. El TPS permite la obtención de un Permiso de Trabajo temporal que posibilita a la persona a vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos.
- Este permiso no conduce a un estatus legal permanente, y debe ser renovado según su tiempo límite de duración.
Cualquier persona con la nacionalidad de dichos países (designados por el Gobierno de los Estados Unidos) que cumpla con los requisitos determinados por este. Dichos Permisos de Trabajo pueden ser renovados conforme el Gobierno apruebe la extensión del TPS.
Evidencia requerida por el Gobierno en cada caso.

Son permisos temporales que facultan a los inmigrantes a viajar fuera de los Estados Unidos.
Personas que tienen un estatus legal temporal, DACA, o TPS. Dependiendo del proceso, es posible solicitar estos Permisos de Viaje en casos de Ajuste de Estatus dentro de los Estados Unidos.
- Para casos DACA: dependiendo del historial migratorio, pedir el Permiso de Viaje (incluyendo razones humanitarias, académicas o de trabajo).
- Para casos TPS: demostrar la validez del estatus migratorio, revisión del historial migratorio y envío de la solicitud.

Consiste en un pedido (que confirme la existencia de un delito) emitido a la Fiscalía, la Policía o juez de una causa, y que pruebe además que el inmigrante o familiar de la víctima han ayudado a las autoridades en la investigación de este. En ese contexto, se otorga una certificación con una firma cuya validez es de seis meses, durante los que se tiene la oportunidad de aplicar a la Visa U.
Víctimas directas o indirectas del crimen, que tengan documentos o que no los tengan. Por ejemplo, si la víctima es un menor de edad nacido en los Estados Unidos, sus padres sin documentos pueden aplicar y beneficiarse de la protección de la Visa U.
Para realizar la solicitud se requiere el reporte policial o la copia del expediente de la Corte para confirmar el hecho, entonces se genera el pedido de la certificación a la autoridad correspondiente. Para aplicar a la Visa U se necesita este documento firmado por la autoridad competente. Si la autoridad no firma el documento, lamentablemente no se podrá seguir adelante con la petición de Visa U.*
- Visa para víctimas de crímenes cometidos en los Estados Unidos, que ayudan al sistema legal (Policía, fiscal o el juez que revisa el caso) para la investigación o caso relacionado con el delito. Además, ofrece total confidencialidad para la víctima, extiende el beneficio a otros miembros de la familia y permite solicitar un perdón migratorio que resuelve falencias que los inmigrantes cometen al permanecer sin documentos en los Estados Unidos.
- Desde el punto de vista práctico, durante el proceso de Visa U se puede obtener un permiso de trabajo temporal de dos años; y, al aprobarse, un permiso de trabajo de cuatro años. La aplicación a residencia se puede llevar a cabo tres años después de aprobada la Visa U.
Este trámite beneficia a la víctima directa del crimen, a la víctima indirecta (como madre o padre) e incluso a hijos o hermanos menores de 21 años que no tengan documentos en los Estados Unidos. El servicio se extiende también a familiares que están fuera de los Estados Unidos.
- Presentar el paquete completo de documentos en relación con el caso. Los tiempos de espera son impredecibles y se recomienda al solicitante ser paciente durante el proceso.
- Aprobación de certificación de Visa U.

- Beneficio migratorio que la persona solicita de manera independiente, es decir mediante una autopetición. VAWA puede otorgar un Permiso de Trabajo y, en algunos casos, la residencia.*
- Es aplicable si el/la solicitante es víctima de abuso o crueldad extrema cometidos por un familiar ciudadano o residente legal de los Estados Unidos.
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Personas con situaciones familiares en las que uno de los miembros es ciudadano o residente:
- Se refiere a todas las relaciones familiares, incluyendo las originadas por matrimonio, o relaciones con padres y/o hijos ciudadanos o residentes de los Estados Unidos.
- Inmigrantes que han sido víctimas de abuso físico, mental y/o crueldad extrema por parte de un familiar con documentos.
- La mayoría de los casos se refiere a matrimonios civiles, inclusive del mismo sexo, y en algunos estados también se reconoce la unión libre.
- La Ley aplica también a casos de otro tipo de relaciones familiares en los que se presenta crueldad extrema: por ejemplo, cuando los padres pueden ser víctimas de sus hijos ciudadanos de los Estados Unidos, o hijos que pueden ser víctimas de sus padres (ciudadanos o residentes de los Estados Unidos).*
*Estos casos son confidenciales y no castigan a los abusadores, al contrario, su único propósito es proteger a la víctima sin documentos.
- Documentar la relación familiar legítima, que las dos personas hayan vivido juntas en Estados Unidos, el testimonio de la víctima y pruebas relacionadas con el abuso mental y/o físico.
- Si la persona tiene documentos relacionados con detenciones o pedidos de auxilio a las autoridades, se pueden incluir en el caso (sin embargo, no es una obligación tener estos documentos).
- Se puede considerar estos casos incluso cuando únicamente se cuenta con el testimonio de la víctima y su evaluación psicológica como pruebas principales.

Pedido al Gobierno de Estados Unidos para que un/a inmigrante sea protegido/a debido a persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política y/o porque pertenece a un grupo social en particular. Esta figura brinda la posibilidad de obtener un estatus legal en los Estados Unidos. Si el asilo es aprobado, la persona puede aplicar a la residencia un año más tarde, y durante el proceso se puede obtener un Permiso de Trabajo.
Cualquier inmigrante que se sienta vulnerable por persecución (o tema sufrir persecución por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular): el pedido se puede realizar únicamente durante el primer año desde la entrada del inmigrante a los Estados Unidos.
Estar presente en los Estados Unidos y tener pruebas de que la vida del solicitante corre peligro. Además, es necesario demostrar que el/la aplicante es perseguido/a (con testimonios, pruebas y/o demostrar la realidad).

Cuando por alguna razón el inmigrante ha sido detenido por el Gobierno de los Estados Unidos (ICE), dependiendo de su perfil, existen diferentes tipos de defensa. Este trámite puede concluir con la emisión de un Permiso de Trabajo, la ganancia o pérdida del caso y/o la residencia, o el cierre administrativo del caso para evitar la deportación.
- Personas que tienen hijos, cónyuges o familiares cercanos que serían extremadamente afectados en caso de una deportación.
- Personas que piensan que pueden ser perseguidas si regresan a su país de origen.
- Personas que tienen buena conducta, presencia continua en los Estados Unidos y buen carácter moral.
- Residentes legales a quienes se les ha solicitado presentarse frente a Corte de Inmigración debido a un delito, posible abandono de su estatus u otros escenarios.
Cada caso es distinto y es analizado para la aplicación de defensa.
Una evaluación migratoria sobre cómo se puede gestionar el caso, y las evidencias correspondientes (dependiendo de cada situación).

Pedido a la Corte de Inmigración y al Gobierno para cerrar un caso administrativamente debido a que el inmigrante no tiene perfil criminal o no atenta contra el bienestar público: se suspende el caso en la Corte y, en ocasiones, se consigue un Permiso de Trabajo.
Una persona que esté frente a Corte de Inmigración, siempre que haya tenido buena conducta y no cuente con historial criminal.
Evidencias que sustenten la petición y canalizar la solicitud respectiva al Gobierno.

Visa de trabajo para profesionales temporales (de México y Canadá), para que puedan trabajar y vivir en los Estados Unidos durante un periodo de tres años (dicho periodo puede ser renovado).
Profesionales de México y Canadá cuya profesión esté en la lista del tratado NAFTA.
Un empleador que esté dispuesto a hacer el auspicio y a cumplir con los requisitos de ley respecto al trabajo.
- Proceso que los residentes legales siguen para conseguir la ciudadanía de los Estados Unidos.
Beneficios:
- Un ciudadano puede realizar más peticiones para familiares, incluyendo padres y hermanos, pueden salir o mudarse a otro país sin ninguna limitación, pueden votar en las elecciones y sobre todo no pueden ser deportados.
Personas que consiguieron su residencia sobre la base de un matrimonio (tres años más tarde después de la residencia) y/o por cualquier otro medio cinco años más tarde de otorgada la residencia.
- Demostrar que la persona cumple con ciertos criterios requeridos por la Ley para este trámite. Entre estas, la más importante es pasar el examen de ciudadanía en la entrevista final del proceso: esta evaluación incluye conocimiento de inglés, historia, cívica, además del buen carácter moral y revisión del historial migratorio del aplicante.
- El residente debe cumplir con todos los requisitos de tiempo de residencia, buen carácter moral, y pasar el examen de cívica, historia e inglés determinado por la ley.
- Se puede tomar el examen en español, en ocasiones excepcionales, cuando se comprueban excepciones médicas, y/o por tiempo transcurrido y edad del residente.*